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Niveles
Instancias
Directivo
(Gobierno Universitario)

1
Consejo Superior Universitario     
2
Consejo Administrativo Financiero
3
Consejo Académico Superior
4
Consejo de Facultad
5
Consejo Académico de Facultad
6
Consejo de Escuela
   
Ejecutivo
1
El Rectorado
2
El Vicerectorado Administrativo
3
El Vicerectorado Académico
4
Los Decanatos
5
Los Subdecanatos
6
Las Direcciones de Escuela
7
Las Subdirecciones de Escuela
..
 
Asesor
1
El Comité de Auditoría Interna
2
La Comisión de Evaluación Interna
3
La Comisión de Vinculación con la Colectividad
4
Las Comisiones Permanentes
5
La Procuraduría General
6
La Dirección de Auditoria Interna
   
Auxiliar

1
La Secretaría General
2
La Dirección de Recursos Humanos
3
La Dirección Financiera
4
La Dirección de Bienestar Universitario
5
La Dirección de Construcciones
6
La Dirección de Evaluación Interna
7
Dirección de Planeamiento
8
Dirección de Relaciones Institucionales
   
Operativo
1
La Dirección de Investigación Científica
2
La Dirección de Educación Abierta
3
La Dirección de Postgrado
4
La Dirección de Vinculación con la Colectividad
 
 
El Consejo Administrativo Financiero es el máximo organismo de gestión administrativa y financiera de la Universidad.

Tiene por objeto generar políticas, lineamientos y estrategias relacionadas con la programación y control de sus recursos, orientando su gestión en el contexto de una política presupuestaria que armonice con los requerimientos propuestos por otros organismos universitarios.

Está presidido por el Vicerrector Administrativo e integrado por los decanos de las Facultades. 

Además son miembros con voz los directores de:

Planeamiento,
Recursos Humanos,
Financiero,
Construcciones y
Bienestar Universitario.

Son atribuciones del Consejo Administrativo Financiero:

  1. Establecer las políticas administrativas y financieras de la institución;

  2. Aprobar el plan de control financiero de la Universidad;

  3. Establecer los lineamientos para la elaboración de la Pro forma  presupuestaria anual de la entidad, y sus reformas;

  4. Presentar alternativas de autogestión  para incrementar los recursos económicos de la institución;

  5. Establecer políticas de capacitación del recurso humano  institucional;

  6. Autorizar los contratos de ejecución de obra por administración directa hasta por el 0.16% del Presupuesto de la Universidad con sujeción al Art. 4 de la Codificación de la Ley de Contratación Pública;

  7. Promover concursos de ofertas y de precios para la adquisición de bienes, ejecución de obras y contratación de servicios de conformidad con la ley de Contratación Pública y su reglamento, y los reglamentos internos correspondientes;

  8. Exigir la aplicación del manual de especificaciones técnicas, generales y especiales para las construcciones que se realicen en la Universidad;

  9. Sugerir al Consejo Superior Universitario la celebración de  contratos o convenios con organizaciones del sector público y del sector privado, para la construcción de obras de infraestructura en la Universidad;

  10. Solicitar al Consejo Superior Universitario la importación de vehículos, equipos y maquinaria, en la forma prevista por la Ley; y,

  11. Las demás que se señalen en el reglamento interno respectivo.
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